| Agente
Residente en los EE.UU.
El
Departamento de Food and Drug Administration (FDA), exige
que cada entidad extranjera que se registre tiene que nombrar
a un Agente en los Estados Unidos que lo represente. El
Agente tiene que ser una entidad que reside o mantiene un
negocio en los EE.UU. Si la entidad extranjera no nombra
un Agente, el registro será rechazado. Uno de los
requisitos para Registrarse es tener un Agente en los EE.UU.
que va a representar a la entidad extranjera ante la FDA.
La FDA considera al Agente como el enlace de comunicación
entre la FDA y la entidad extranjera. La FDA considera dar
la información al Agente como si se lo diera a la
entidad extranjera. Es por esta consideración que
el Agente toma una responsabilidad importante y es responsable
de Proveer toda la información requerida a la FDA y
tener a la entidad extranjera informado en todo tiempo.
¿Quién
puede ser un Agente Residente?
1.
Una persona que reside en los EE.UU.
2. Un Consultor
3. Un Firma de Abogados
4. Un Importador, Distribuidor, Mayorista, etc.
Solución
de GTH
Algunos de los ejecutivos de GTH son
ciudadanos americanos y GTH mantiene oficinas en Estados
Unidos, por ende califica para ser el Agente para los
propósitos del registro como esta establecido por
la FDA. Es importante hacer de su conocimiento que GTH
está involucrado en el sector alimenticio y puede proveer
servicios que otros Agentes no podrán ofrecer.
Responsabilidades
del Agente en los EE.UU.
1.
El Agente es responsable por Proveer la información
como Agente Representante en el Formulario de Registro
de la FDA.
2. Asumir la responsabilidad de Agente Representante en
los EE.UU., representando al Agro-Empresario ante el Departamento
de Food and Drug Administration (FDA).
3. Estar al tanto sobre cualquier cambio, modificación
o notificación de la FDA.
4. Informar al Agro-Empresario sobre cualquier cambio
en la Ley, tomar las medidas necesarias para que esté
vigente ante cualquier cambio.
5. Hacer los cambios o modificaciones al Formulario del
Registro Original cuando sea necesario.
6. Velar que cada embarque esté bien documentado
y otros como sea necesario y requerido por la FDA.
7. Ser el enlace entre la FDA y la entidad extranjera.
¿Puedo
tener varios Agentes Residentes?
No.
La FDA permite un solo agente por entidad extranjera.
Costos estimados por Contratar a un Agente en los EE.UU.
En
el Federal Register de los EE.UU. / Vol. 68, No. 22 / Monday,
February 3, 2003 / Proposed Rules, Sección vi. “Costo
de una entidad extranjera para Contratar a un Agente”,
la FDA estima que el costo anual será entre los
$700.00 - $2,000.00 (Ref. 16 y 17). Parte del servicio de
GTH es ser el Agente representante de la entidad extranjera,
con un costo muy por debajo de lo estipulado por la FDA. ver Costos.
Detención
del Producto en el puerto
Si
hay un problema con el embarque y la FDA lo detiene en el
puerto para investigarlo, los costos por almacenaje, transporte,
inspección, administración y otros costos serán
pagados por el dueño del producto, que en la mayoría
de los casos será el exportador. Si el producto se
daña en este proceso, no habrá reclamo a la
FDA. La FDA estima que en la mayoría de los casos
la causa de la detención es porque el Formulario
de Notificación Previa no fue llenado correctamente
y se tendrá que investigar.
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