Este es el Contrato de Representación entré Global Trading Hub y su Empresa. La aceptación de este contrato, implica que usted esta aceptando a Global Trading Hub como su Agente en los Estados Unidos de América, y que usted acepta los términos y condiciones de este Contrato.

CONTRATO DE REPRESENTACIÓN COMO AGENTE EN
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

Este Contrato es celebrado entre Global Trading Hub, Inc., una Corporación constituida en los EE.UU., representado por Global Trading Hub, S.A., en adelante llamado el (“AGENTE”), y su persona (natural o jurídica) identificada al final de este Contrato, en adelante llamada la (“ENTIDAD”). El AGENTE ofrece servicios a personas naturales o jurídicas, que están involucradas en la comercialización de Alimentos en los EEUU y que para estar vigente de la Ley Bioterrorismo de la Food and Drug Administration (FDA), reglamentación 21 CFR Parte 1, Subparte H (Reglamentación), se requiere que tenga un Agente Residente en los EE.UU. La Entidad desea contratar los servicios del Agente para el propósito de cumplir con las Reglamentaciones de la Ley Bioterrorismo. Por lo tanto, y en virtud de lo anterior, las partes acuerdan lo siguiente:


I. DEBERES DEL AGENTE

1. El agente acuerda proveer los siguientes servicios:

    1. Asistir a la ENTIDAD a llenar adecuadamente el Formulario del FDA 3537, Food Facility Registration Form, (el “Formulario”) y enviarla al FDA como lo exige la ley.
    2. Aceptar la designación como AGENTE de la ENTIDAD en los Estados Unidos de América, en cumplimiento con las Reglamentaciones.
    3. Mantener un lugar de negocios dentro del territorio de los EE.UU. como requerido por los Reglamentos del FDA, incluyendo numero de teléfono, maquina contestador, fax y correo electrónica (e-mail).
    4. Aceptar todas las llamadas, email o comunicación escrita de la FDA concerniente a la ENTIDAD y/o sus productos.
    5. Comunicar a la ENTIDAD, de cualquier notificación que provenga de la FDA, dentro de un plazo no mayor de 48 horas durante los días laborales, y no más de 72-96 horas cuando se tratan de Sábados, Domingos y días festivos de los EE.UU. El AGENTE notificara la información a la ENTIDAD vía telefónica, por correo electrónico, fax o correo privado (courier), como el AGENTE lo vea mas apropiado. No se aplicaran cargos adicionales por este servicio a la ENTIDAD, excepto y en el caso de que la notificación sea enviada vía courier. El AGENTE, de comunicar mas de 25 veces al año cualquier información de la FDA dirigida personalmente a la ENTIDAD se reserva el derecho a cobrar la cantidad de $25.00 por cada comunicación adicional en concepto de honorarios a la ENTIDAD, Todas las comunicaciones serán adecuadamente mantenidas y almacenadas para futuros registros.
    6. Mantener a la ENTIDAD actualizada de cualquier noticia general o información proveniente de la FDA.
    7. g. Actualizar el Formulario de Registro dentro de los 10 días hábiles de haber recibido información actualizada de la ENTIDAD y como sea requerido por el FDA. La ENTIDAD tiene hasta 3 (tres) actualizaciones al año sin cargos adicionales. Por cada actualización después de la tercera, el AGENTE reserva el derecho a cobrar la cantidad de US$25.00 por actualización.
    8. El AGENTE proveerá consultoría a la ENTIDAD, concerniente a las Reglamentaciones como sea necesario.
    9. El AGENTE actuara como enlace entre la ENTIDAD y la FDA.

2. El AGENTE no proveerá a la ENTIDAD de:

    1. Cualquier información o consejo legal o de negocio que no este relacionado con las Reglamentaciones de la Ley Bioterrorismo.
    2. Cualquier otro tipo de servicio que no este mencionado en este Contrato, a menos que este estipulado en otro Contrato.

II. DEBERES DE LA ENTIDAD

1. La ENTIDAD proveerá al AGENTE con:

    1. Aceptación de este Contrato por medio escrito (fax) o por vía electrónica.
    2. Toda la información exigida en el Formulario de Registro.
    3. La ENTIDAD proveerá la información de forma inteligible y legible, si es enviada por medio escrito. Si la ENTIDAD provee la información en otro idioma que no sea ingles o español, el AGENTE se reservara el derecho de cargar costos por concepto de traducción profesional.
    4. Responder a cualquier comunicación del AGENTE dentro de los tres días hábiles luego de recibida la notificación. Después de los tres días, el AGENTE no se hará responsable de cualquier implicación negativa que provenga de la FDA.
    5. Asegurarse de que toda la información facilitada al AGENTE, sea verdadera y exacta.

III. TARIFAS POR SERVICIOS DEL AGENTE

La ENTIDAD pagara al AGENTE por prestar los servicios como su Agente residente en los EE.UU. a partir de la fecha en que se acepta este Contrato. La tarifa por una sola entidad es de $395.00 dólares por el primer año. La tarifa se remite cuando acepta este Contrato electrónicamente, por correo o por fax. La FDA requiere que se envíe un registro por cada entidad operativa que se utilice para realizar exportaciones al EE.UU. de la misma Empresa. La Entidad se define en 21 CFR – 1.227. Si la Entidad tiene sucursales, la tarifa por cada entidad después de la primera será de $275.00 dólares el primer año. Las tarifas serán canceladas en dólares norteamericanos. El AGENTE enviara las facturas al principio del segundo año y en años subsecuentes. Las facturas recibidas luego de treinta días, tendrán un recargo del 1.5% de interés mensual.

IV. REGISTRO DE ENTIDADES QUE NO SEA NECESARIO

Si el AGENTE determina que el registro de la Entidad no es necesario o no aplica bajo las normas establecidas por la FDA, el AGENTE preparará una carta explicando a la ENTIDAD las razones por las cuales no entra dentro de los reglamentos delineados por la FDA, y procederá al reembolso del 75% de la tarifa que la ENTIDAD pagó para tales fines.

V. CONFIDENCIALIDAD Y SEGURIDAD

El AGENTE entiende la importancia de la confidencialidad y medidas de seguridad y mantendrá la confiabilidad de la ENTIDAD de manera ética y consistente. Cualquiera y toda información confidencial o secreto de mercadeo, contactos de negocios, suplidores de productos, clientes, agentes y/o cuentas de banco, identidades y particulares en específico, y cualquiera otro tipo de información proveniente de la ENTIDAD, no será en ningún momento copiada, reproducida, comunicada, referenciada o transmitida, citada, propagada por vía correo electrónico, compartida con terceros o ajenos, a excepción de que la ENTIDAD autorice al AGENTE para hacerlo. La información solamente será divulgada a las autoridades o personas jurídicas vinculadas con la FDA y aquella solamente solicitada por dicha institución y que trate solamente de la Ley Bioterrorismo. La confidencialidad y seguridad esta suscrita pero no limitada a todas las entidades, asociaciones, negociados, instituciones bancarias, nombres de individuos, números de teléfono, números de facsímil o telex, correo electrónico, casilla postal, y dirección que el AGENTE posea proveniente de la ENTIDAD.

VI. GENERAL

El Contrato esta sometido a las leyes que rigen en el Estado de Florida, EE.UU. La ENTIDAD reconoce que los deberes del AGENTE son limitados bajo este acuerdo y la Ley Bioterrorismo. La ENTIDAD defenderá, indemnizara, y no implicara al AGENTE de cualquier y todo reclamo en conexión con la ENTIDAD, o cualesquiera de sus productos. En caso de disputa legal bajo las condiciones de este Contrato, la parte favorecida recobrara los gastos razonables de abogados y gastos directamente relacionados con la disputa.

El AGENTE esta involucrado en la actividad agrícola y de alimentos como Mercado Electrónico, también conocidos como Centro de Comercio Electrónico, y provee a sus miembros del sector agrícola y alimentos servicios directos e indirectos en la formulación, búsqueda, comercialización, promoción, mercadeo, inspección, control de calidad, ventas, comercio, logística, transporte e información para el sector alimenticio. En este Contrato, esos servicios no están incluidos. Sin embargo el AGENTE, puede proveer de dichos servicios en un Contrato separado, por lo que se insta a visitar la pagina electrónica www.gthub.com, para mas información.

VII. NOTIFICACIONES

Cualquiera notificación requerida o permitida bajo este acuerdo deberá ser enviado por correo de primera clase, courier, fax, e-mail, o por entrega personal. Dicha notificación será dada entregada: por entrega personal, por courier, confirmación de recibo por correo o por cualquier otro medio establecido. En cada caso, la notificación será entregada a la dirección escrita abajo.

VIII. TERMINACIÓN DEL CONTRATO

Las partes pueden dar por terminado este Contrato sin que sea necesario sustentar un causal con 60 días de notificación por escrito. Si la ENTIDAD finaliza este Contrato, no se reembolsará las sumas pagadas al AGENTE. Si el AGENTE decide finalizar el Contrato, reembolsará la parte del año no utilizada de lo pagado por la ENTIDAD.

IX. FECHA DE INICIO DE ESTE CONTRATO

El Contrato comenzara ser vigente el día de envió electrónicamente o manualmente, Aceptado y Confirmado por GTH (Fecha de Inicio) y estará vigente en su totalidad hasta que algunas de las partes decida terminarlo con por lo menos 60 días de notificación escrita previa.

X. ACEPTACIÓN

Al aceptar electrónicamente este acuerdo, la ENTIDAD confirma que entiende y aceptan los términos de este Contrato. La ENTIDAD recibirá una copia una vez haya sido aceptada por el AGENTE vía email.

XI. ACUERDO TOTAL

El Contrato constituye el acuerdo total entre las partes y todas las discusiones al respecto quedan inherentes en la misma. Este acuerdo solo será modificado por escrito si ambas partes lo aceptan.

Entidad ( * Campos Requeridos )

*Nombre Entidad:
*Persona Autorizada:
*Titulo:
*Dirección:
*Ciudad:
*Estado
/ Provincia / Codigo Postal
*País:
*Correo Electrónico:






Comparta esta información con sus colegas y amigos.
simplemente escriba el nombre y email en las casillas correspondiente.
*Nombre : *Email :
¡Gracias por su colaboración!

Quien debe Registrarse?
Que es un Agente Residente?
Notificación Previa
Mantenimiento de Registros
Detención Administrativa?

Reciba emails con información actualizada sobre la Ley Bioterrorismo
Nombre :
E-mail :




 
Políticas, Terminos y Condiciones
© 2000-
2012 Global Trading Hub, S.A.
Global Trading Hub® y Global Trading Hub Logo son propiedad de Global Trading Hub, S.A.
Todos los derechos Reservados.